Deliberaciones - Arbitraje en virtud del Convenio del CIADI (Reglas de 2022)
Las deliberaciones del Tribunal se realizan en privado y pueden llevarse a cabo por cualquier medio que el Tribunal estime apropiado, entre otros, en persona, por teléfono, videoconferencia o correspondencia (Regla 34(2) de las Reglas de Arbitraje).
Generalmente, los acuerdos relativos a la presencia y al quórum de los árbitros, así como a la manera en la que decide el Tribunal, se concluyen durante la primera sesión del Tribunal. La mayoría del Tribunal debe estar presente en las deliberaciones, y las partes pueden acordar la presencia de todos los miembros (Regla 33 de las Reglas de Arbitraje).
Las decisiones son adoptadas por mayoría de votos de los miembros del Tribunal (Regla 35 de las Reglas de Arbitraje). Las partes podrán acordar que el Presidente del Tribunal decida sin consultar a los otros miembros en situaciones urgentes, con la posibilidad de que la decisión sea reconsiderada por el Tribunal en pleno. En general, tales decisiones se relacionan con la extensión de los plazos y otras cuestiones procesales urgentes (Regla 11(4) de las Reglas de Arbitraje).
Los Tribunales deben llevar adelante el procedimiento de manera expedita y eficiente en materia de costos, también deben hacer lo posible para cumplir con los plazos para dictar las resoluciones, decisiones y el laudo (Reglas 3 y 12(1) de las Reglas de Arbitraje). Con este objetivo, los Tribunales deben deliberar inmediatamente después de la última presentación escrita u oral sobre cualquier asunto que esté sujeto a decisión (Regla 34(4) de las Reglas de Arbitraje) y utilizar las herramientas de gestión del caso que tienen a su disposición (p. ej., conferencias relativas a la gestión del caso). El Secretario del Tribunal del CIADI puede asistir a los Tribunales durante sus deliberaciones (Regla 34(3) de las Reglas de Arbitraje).