Deliberaciones - Arbitraje en virtud del Mecanismo Complementario (Reglas de 2022)

Las deliberaciones del Tribunal se realizan en privado y pueden llevarse a cabo por cualquier medio que el Tribunal estime apropiado, entre otros, presencialmente, por teléfono o videoconferencia o por correspondencia (Regla 44(2) de las Reglas de Arbitraje del Mecanismo Complementario del CIADI).

Generalmente, los acuerdos relativos a la presencia y al quórum, así como a la manera en la que decide el Tribunal, se alcanzan durante la primera sesión del Tribunal. La mayoría del Tribunal debe estar presente en las deliberaciones, y las partes pueden acordar la presencia de todos los miembros (Regla 43 de las Reglas de Arbitraje del Mecanismo Complementario del CIADI).

Las decisiones son adoptadas por mayoría de votos de los miembros del Tribunal (Regla 45 de las Reglas de Arbitraje del Mecanismo Complementario del CIADI). Las partes podrán acordar que el Presidente del Tribunal decida sin consultar a los otros miembros en situaciones urgentes, con la posibilidad de que la decisión sea reconsiderada por el Tribunal en pleno. En general, tales decisiones se relacionan con la extensión de los plazos y otras cuestiones procesales urgentes (Regla 19(3) de las Reglas de Arbitraje del Mecanismo Complementario del CIADI).

Los Tribunales deben tramitar el procedimiento de manera expedita y eficiente en materia de costos. También deben hacer lo posible para cumplir con los plazos para dictar las resoluciones, decisiones y el laudo (Reglas 11 y 20(1) de las Reglas de Arbitraje del Mecanismo Complementario del CIADI). Con este objetivo, los Tribunales deben deliberar inmediatamente después de la última presentación escrita u oral sobre cualquier asunto que esté sujeto a decisión (Regla 44(4) de las Reglas de Arbitraje del Mecanismo Complementario del CIADI) y utilizar las herramientas de gestión del caso que tienen a su disposición (p. ej., conferencias relativas a la gestión del caso). El Secretario del Tribunal puede asistir al Tribunal durante sus deliberaciones (Regla 44(3) de las Reglas de Arbitraje del Mecanismo Complementario del CIADI).