Cómo presentar una Solicitud de conciliación – Conciliación en virtud del Convenio del CIADI (2022)

Una parte inicia una conciliación en virtud Convenio del CIADI mediante la presentación de una Solicitud de conciliación al Secretario General.

El Artículo 25 del Convenio establece las condiciones de acceso al CIADI. El instrumento que contiene el consentimiento de las partes a conciliación puede incluir condiciones adicionales.

El proceso de presentación de la Solicitud se rige por el Artículo 28 del Convenio, las Reglas de Iniciación y la Regla 18 del Reglamento Administrativo y Financiero del CIADI.

Contenido de la Solicitud

Información necesaria y documentos de respaldo (Regla 2 de las Reglas de Iniciación)

La Solicitud deberá:

  • estar redactada en español, francés o inglés (los idiomas oficiales del Centro)
  • incluir el nombre y la información de contacto de todas las partes (incluyendo su dirección de correo electrónico, dirección postal y número de teléfono)
  • estar firmada y fechada por la parte solicitante o su representante
  • acompañar prueba de la autorización del representante para actuar (p. ej., un poder de representación o una carta de contratación)
  • si la parte solicitante es una persona jurídica, incluir una declaración de que se han realizado todos los actos internos necesarios para autorizar la Solicitud. Esta declaración debe tener sustento probatorio (p. ej., una resolución de la junta directiva).

La Solicitud también debe incluir:

  • una descripción de la inversión, así como de la propiedad y el control de la misma
  • un resumen de los hechos pertinentes y de las reclamaciones
  • los petitorios, incluyendo el monto estimado de la compensación pretendida
  • una indicación de que existe una diferencia de naturaleza jurídica entre las partes que surge directamente de la inversión
  • una copia del instrumento que contiene el consentimiento de cada parte en someter la diferencia a conciliación en virtud del Convenio del CIADI, la fecha de entrada en vigor de dicho instrumento y prueba de su entrada en vigor
    • La fecha del consentimiento es la fecha en la que las partes consintieron por escrito en someter la diferencia al Centro; si ambas partes no consintieron en la misma fecha, contará la fecha en la que la última parte haya consentido (Regla 2(2)(b)(iii) de las Reglas de Iniciación del CIADI)
      • Si el consentimiento se encuentra en un tratado o en una ley, la prueba de su entrada en vigor puede ser un extracto de una página web de un gobierno que muestre la entrada en vigor o una copia de la compilación de leyes de un Estado
      • Si el consentimiento se encuentra en un contrato, la Solicitud debe estar acompañada de una copia del contrato firmado y de su fecha de entrada en vigor
  • una indicación de que la parte solicitante ha cumplido con cualquier condición establecida en el instrumento que contiene el consentimiento para la presentación de una diferencia (p. ej., el cumplimiento de los periodos de consulta)
  • si una parte es una persona natural, su nacionalidad en la fecha del otorgamiento del consentimiento y en la fecha de la Solicitud junto con prueba de dicha nacionalidad (p. ej., un pasaporte) y una declaración de que no era nacional del Estado parte en la diferencia en cualquiera de ambas fechas (Artículo 25(2)(a) del Convenio)
  • si una parte es una sociedad u otra persona jurídica, su nacionalidad en la fecha del consentimiento junto con la prueba de dicha nacionalidad (p. ej., un extracto de un registro comercial)
    • Si la nacionalidad de una persona jurídica es la misma que la del Estado Miembro parte en la diferencia, la Solicitud debe estar acompañada del acuerdo de las partes de atribuirle a la persona jurídica el carácter de nacional de otro Estado Miembro a los efectos del Convenio (Artículo 25(2)(b) del Convenio)
  • si una parte es una subdivisión política o un organismo público de un Estado Miembro, una declaración de que la parte ha sido acreditada ante el Centro por dicho Estado a los fines del Artículo 25(1) del Convenio

Información adicional recomendada (Regla 3 de las Reglas de Iniciación)

Se recomienda que la Solicitud también incluya la siguiente información:

  • cualquier acuerdo o propuesta de las partes relativo a:
  • los nombres de las personas y entidades que poseen o controlan a la parte solicitante si es una persona jurídica

Traducción y extractos de los documentos de respaldo (Regla 4 de las Reglas de Iniciación)

Los documentos de respaldo que se adjunten a la Solicitud y que no estén redactados en español, francés o inglés deben estar acompañados de una traducción a uno de estos idiomas. Será suficiente que se traduzcan solamente las partes pertinentes de un documento (Regla 4(4) de las Reglas de Iniciación). Se podrán presentar extractos de documentos como documentos de respaldo, siempre que el extracto no altere el sentido del documento (Regla 4(2) de las Reglas de Iniciación).

Presentación Electrónica

Una Solicitud completa con todos los documentos de respaldo deberá cargarse a la plataforma de documentos compartidos del CIADI ("Box") y enviarse al Secretariado del CIADI mediante correo electrónico. No deben enviarse copias impresas al CIADI. 

  1. Carga en Box

Antes de transmitir una Solicitud mediante correo electrónico, por favor contacte al Secretariado del CIADI en la dirección de correo electrónico  ICSIDsecretariat@worldbank.org para solicitar la creación de una carpeta en Box y las instrucciones de acceso.

  1. Transmisión mediante correo electrónico

La Solicitud, sus documentos de respaldo y una copia del comprobante de la transferencia electrónica del derecho de presentación deben enviarse a ICSIDsecretariat@worldbank.org.

Para aquellas presentaciones que excedan los 25MB, por favor envíe la Solicitud sin los documentos de respaldo, indique en el correo electrónico en el que se adjunta la Solicitud que ha cargado los documentos de respaldo indicados en Box y adjunte una listada de dichos documentos. Alternativamente, los documentos de respaldo que excedan los 25 MB pueden enviarse mediante varios correos electrónicos (cada uno de los cuales no exceda los 25 MB).

Derecho de Registro:

Al momento de la presentación de la Solicitud, o con anterioridad a la misma, se deberá pagar un derecho no reembolsable de USD 25.000 en virtud de los Derechos, Honorarios y Gastos vigentes. El derecho debe ser pagado por la parte que presenta la solicitud o por ambas partes en el supuesto de presentación conjunta.

El derecho debe pagarse mediante transferencia electrónica. Para obtener instrucciones acerca de la transferencia electrónica, comuníquese con el Secretariado del CIADI. La Solicitud debe estar acompañada de una copia del pedido de transferencia electrónica.

Para recibir ayuda adicional, por favor comuníquese con el Secretariado del CIADI.