Primera Sesión, Protocolo de la Comprobación de Hechos y Tramitación del Procedimiento – Comprobación de Hechos (Reglas de 2022)
Presentaciones escritas iniciales
Quince días después de la constitución del Comité, cada parte realizará una breve presentación escrita inicial (Regla 12(1) de las Reglas de Comprobación de Hechos del CIADI). La presentación es una oportunidad para que cada parte comparta su opinión sobre el mandato del Comité, el alcance de la investigación, los documentos relevantes, las personas que han de entrevistarse, las visitas del sitio y cualquier otra cuestión relevante.
Primera sesión
La primera sesión debe celebrarse dentro de los 30 días siguientes a la constitución del Comité salvo que las partes acuerden un plazo diferente (Regla 12(2) de las Reglas de Comprobación de Hechos del CIADI).
La primera sesión puede celebrarse de manera presencial, por teléfono o por videoconferencia.
El objetivo de la primera sesión consiste en determinar el protocolo para la tramitación del procedimiento (Regla 12(3) de las Reglas de Comprobación de Hechos del CIADI).
Las cuestiones que se deberán abordar incluyen las siguientes:
- el mandato del Comité
- el proceso para la tramitación del procedimiento
- los idiomas del procedimiento
- el método de comunicación
- el lugar de las sesiones
- si las sesiones se celebrarán de manera presencial o remota
- las siguientes etapas del procedimiento
- el tratamiento de la información y los documentos
- las personas que han de entrevistarse
- las visitas a cualquier lugar relacionado con la diferencia
- y cualquier otro asunto procesal o administrativo.
- si el Informe del Comité será vinculante para las partes
- si el Comité debería hacer recomendaciones en su informe.
Protocolo de comprobación de hechos
Los acuerdos alcanzados en la primera sesión se incluyen en el Protocolo de Comprobación de Hechos (Regla 12(3) de las Reglas de Comprobación de Hechos del CIADI) emitido por el Comité. El procedimiento se tramitará de conformidad con el Protocolo acordado (Regla 12(4) de las Reglas de Comprobación de Hechos del CIADI).
Cualquier cuestión no prevista en las Reglas o no acordada previamente por las partes en el Protocolo será determinada por acuerdo de las partes o, en ausencia de dicho acuerdo, por el Comité (Regla 12(5) de las Reglas de Comprobación de Hechos del CIADI).
Tramitación del procedimiento
El Comité debe tratar a las partes de manera igualitaria y otorgar a cada parte una oportunidad razonable de participar en el procedimiento (Regla 13(1) de las Reglas de Comprobación de Hechos del CIADI).
El Comité debe tramitar el procedimiento de manera expedita y eficiente en materia de costos y debe consultar regularmente a las partes sobre la tramitación del procedimiento (Regla 13(1) de las Reglas de Comprobación de Hechos del CIADI).
Por otro lado, las partes deben cooperar con el Comité y entre sí y tramitarán el procedimiento de buena fe y de manera expedita y eficiente en materia de costos (Regla 13(2) de las Reglas de Comprobación de Hechos del CIADI).
Las partes deben procurar proporcionar todas las explicaciones, los documentos u otra información que sean pertinentes solicitados por el Comité, participar en las sesiones del Comité y hacer lo posible para facilitar la investigación del Comité (Regla 13(2) de las Reglas de Comprobación de Hechos del CIADI).