Costos - Conciliación en virtud del Mecanismo Complementario (2006 Reglas)

En el marco del procedimiento de conciliación, las partes sufragarán por partes iguales tanto los honorarios y gastos de los conciliadores como los cargos administrativos devengados por la utilización del Centro.

Cada parte soporta los gastos incurridos por ella en relación con el procedimiento de conciliación, incluidos los costos legales (Artículo 40 del Reglamento de Conciliación (Mecanismo Complementario)).