Capítulo II: Funciones Generales del Secretariado

Regla 2: El Secretario

El Secretario General del Centro nombrará a un Secretario para cada mediación. El Secretario podrá pertenecer al Secretariado y será considerado como miembro de su personal mientras actúe como Secretario. El Secretario:

(a)    representará al Secretario General y podrá desempeñar todas las funciones que este Reglamento o que las Reglas de Mediación del CIADI aplicables a cada mediación asignan al Secretario General y que se hayan delegado al Secretario; y

(b)    asistirá tanto a las partes como al mediador en la conducción de la mediación, en particular su tramitación expedita y eficiente en materia de costos.

Regla 3: Los Registros

El Secretario General mantendrá un Registro para cada mediación que contenga toda la información relevante sobre la iniciación, la tramitación y la terminación de la mediación. La información en el Registro no será publicada, salvo acuerdo en contrario de las partes.

Regla 4: Funciones del Depositario

(1)    El Secretario General depositará en los archivos del Centro y hará los arreglos necesarios para la conservación permanente de:

(a)    todas las solicitudes de mediación y comunicaciones de conformidad con las Reglas 5 y 6 de las Reglas de Mediación del CIADI;

(b)    todos los documentos y comunicaciones presentados en una mediación con respecto al nombramiento del mediador;

(c)    el protocolo de mediación adoptado de conformidad con la Regla 20 de las Reglas de Mediación del CIADI; y

(d)    toda notificación emitida de conformidad con las Reglas 7 y 22 de las Reglas de Mediación del CIADI.

(2)    Sujeto a las Reglas de Mediación del CIADI y a lo acordado por las partes en la mediación, y una vez recibido el pago de los cargos previstos en el arancel de derechos, el Secretario General proporcionará a las partes copias certificadas de los documentos a los que se refiere el párrafo (1)(c) y (d).

Regla 5: Certificados de Viaje Oficial

El Secretario General podrá emitir certificados de viaje oficial a los mediadores, a las personas que los asistan, a los miembros del Secretariado, y a las partes, apoderados, consejeros, abogados, asesores, testigos o peritos que comparezcan en una mediación, indicando que viajan en relación con una mediación que se rige por las Reglas de Mediación del CIADI.