Gestión de las finanzas del caso

El CIADI alienta a los Tribunales, Comisiones y Comités ad hoc a crear un presupuesto al comienzo del caso a fin de garantizar la disponibilidad de fondos y el uso óptimo de los anticipos. Tan pronto como un Tribunal, una Comisión o un Comité ad hoc queda constituido, el CIADI establece una cuenta que devenga intereses propios para cada caso. El Centro deposita los pagos por adelantado de las partes en dicha cuenta, procesa reclamaciones de pago y facturas, y mantiene al Tribunal, a la Comisión o al Comité ad hoc informado del saldo.

El CIADI les pide en forma periódica a las partes en el procedimiento que realicen pagos por adelantado en aras de cubrir los costos del procedimiento (Regla 14(3) del Reglamento Administrativo y Financiero). Los pagos por adelantado se estiman previa consulta al Presidente del Tribunal, Comisión o Comité ad hoc teniendo en cuenta los costos probables en los tres a seis meses siguientes.

Toda solicitud de anticipos se encuentra acompañada de estados financieros provisionales detallados, que podrán proporcionarse a las partes o al Tribunal, Comisión o Comité ad hoc a pedido en cualquier momento. Al final del procedimiento, el CIADI les envía a las partes un estado financiero, que incluye un desglose de los honorarios y cargos de cada árbitro, conciliador o miembro de un Comité. 

Los árbitros, conciliadores y miembros de Comités deben presentar reclamaciones de honorarios y cargos en forma trimestral y preguntarle al Secretariado, en particular, antes de sufragar honorarios sustanciales o cargos importantes, si hay fondos suficientes disponibles para satisfacer dichos costos. El CIADI no es responsable de los honorarios y cargos pendientes de pago de los árbitros si no hay fondos suficientes en la cuenta del caso (Regla 14(3)(b) del Reglamento Administrativo y Financiero).