Presentaciones sobre costos - Arbitraje en virtud del Convenio del CIADI (2006 Reglas)
En la mayoría de los casos, se solicita que las partes realicen pagos por adelantado en concepto tanto de costos del Tribunal como de honorarios y gastos del CIADI en partes iguales (con excepción del procedimiento de anulación, véase Costos del procedimiento), y el Tribunal se pronuncia respecto de la distribución de los costos en el laudo. Salvo que las partes convengan en otra cosa, el Tribunal puede distribuir el costo de cualquier parte del procedimiento en cualquier etapa (Regla 28 de las Reglas de Arbitraje), sin perjuicio de la decisión final sobre costas en el laudo (Artículo 61(2) del Convenio).
Al final del procedimiento, se invita a las partes a presentar declaraciones o realizar presentaciones sobre costos. La declaración sobre costos enumera los costos en que haya incurrido razonablemente una parte, incluidos los costos de representación legal, mientras que la presentación sobre costos también contiene los argumentos de la parte acerca de la forma de pago y la manera de distribución de los costos (Regla 28(2) de las Reglas de Arbitraje).
El Tribunal goza de amplia discrecionalidad para distribuir los costos entre las partes en el laudo definitivo. Puede distribuir los costos con respecto al procedimiento en su totalidad o con respecto a una parte específica del procedimiento. Su decisión en el laudo se torna obligatoria y ejecutable.