Evaluación de la Solicitud y registro - Arbitraje en virtud del Convenio del CIADI (2006 Reglas)

Tan pronto como una parte haya presentado una solicitud de arbitraje junto con el correspondiente derecho de registro, el CIADI le transmite la solicitud a la otra parte y revisa la solicitud a fin de determinar si puede registrarse. Este proceso de evaluación está establecido en el Artículo 36(3) del Convenio del CIADI y la Regla 6 de las Reglas de Iniciación.

 El proceso de evaluación 

 El Secretario General del CIADI debe determinar si la diferencia se encuentra o no manifiestamente fuera de la jurisdicción del Centro lo antes posible a contar de la presentación de la solicitud de arbitraje. Esta determinación se realiza a partir de la información contenida en la solicitud.

 En caso de una carencia manifiesta de los requisitos contenidos en el Artículo 25 del Convenio del CIADI, el Secretario General no podrá registrar la solicitud. De lo contrario, la solicitud deberá registrarse, y el Tribunal podrá luego analizar las excepciones pertinentes. La decisión de proceder al registro de la solicitud es sin perjuicio de los poderes del Tribunal respecto de la jurisdicción, la competencia y el fondo (Regla 7 de las Reglas de Iniciación). 

 El proceso de evaluación lleva tres semanas en promedio, dependiendo de si el CIADI necesita aclaraciones, información adicional o documentación de la parte solicitante.

 Registro

 La notificación del acto de registro se envía a las partes, y algunos datos básicos del caso  se publican en el sitio web del CIADI. Posteriormente, todos los pasos significativos del procedimiento se ponen a disposición del público en la "Información Procesal" del caso en cuestión. 

 Se invita a las partes a informar al CIADI de cualquier acuerdo en cuanto al número de árbitros y al método de nombramiento y a constituir un Tribunal lo antes posible. La fecha de registro da lugar al inicio de plazos relativos al método de constitución del Tribunal (60 días) y de nombramiento de los miembros del Tribunal (90 días).

 Las Reglas de Iniciación son aplicables a los pasos que se toman hasta el registro de la solicitud.