Autoridad Nominadora

El Secretario General del CIADI se encuentra disponible para ser designado como Autoridad Nominadora en procedimientos que no se desarrollen en virtud del Convenio del CIADI o del Reglamento del Mecanismo Complementario del CIADI. Esta designación puede realizarse mediante contrato, ley, tratado, o por acuerdo de las partes de la controversia.

Solicitud de designación

La parte que solicite una designación debería presentar una solicitud de designación ante el CIADI.

Contenido de la solicitud: La solicitud debería incluir la siguiente información y documentación adicional:

  • una descripción de la naturaleza de la controversia;
  • la notificación de arbitraje o documento equivalente que instituya el procedimiento de resolución de diferencias;
  • la cláusula de resolución de diferencias y la disposición que designa al CIADI como Autoridad Nominadora;
  • detalles de contacto para todas las partes de la controversia (es decir, dirección postal, correo electrónico, teléfono, fax);
  • el nombre y la nacionalidad de cualquier árbitro(s) ya designado(s);
  • idioma del procedimiento; y
  • firma de la parte solicitante o su representante debidamente autorizado. Una solicitud suscripta por un representante debe llevar adjunta la prueba de la autorización para actuar como tal, por ejemplo, un poder.

Derecho de designación: La solicitud deberá estar acompañada por un derecho no reembolsable de USD 10.000 por cada designación que se solicite.  Este derecho cubre todas las erogaciones y servicios prestados para efectuar la designación.  El derecho debería abonarse mediante transferencia bancaria.  Las instrucciones para la transferencia bancaria pueden obtenerse contactando al Secretariado del CIADI. El derecho será acreditado a la porción del cargo administrativo que le corresponde a la parte si el CIADI administra el procedimiento.

Envío: Por favor envíe la solicitud a: ICSIDsecretariat@worldbank.org 

Una vez que se reciba la información supra y el derecho, el CIADI transmitirá la solicitud a la(s) otra(s) parte(s) de la controversia.

Método de designación y procedimiento

Cuando actúa en calidad de Autoridad Nominadora, el CIADI no se encuentra circunscripto a realizar designaciones de alguna lista más allá de aquella prevista por el instrumento jurídico aplicable.  La selección se basará en los mejores candidatos disponibles que cumplan con los criterios exigidos por las partes y el instrumento jurídico aplicable.  Las designaciones se completan con toda prontitud, reconociendo el deseo de las partes de tener una persona designada que sea imparcial y experta.

Si el instrumento que designa al CIADI como Autoridad Nominadora establece un método para la designación, o las partes de la controversia han arribado a un acuerdo respecto del método de designación, el CIADI seguirá ese método.

En el supuesto de que no exista acuerdo, el método de designación puede variar dependiendo del tipo de designación solicitada.

  • Cuando se designa a un árbitro/conciliador presidente o a un único árbitro/conciliador, el CIADI por lo general sigue un procedimiento de clasificación o de votación.  En virtud del procedimiento de votación, el CIADI propone posibles candidatos y les solicita a las partes que sugieran cual, si es que los hay, de estos candidatos aceptarían.  Una parte no se encuentra obligada a compartir su selección con la otra parte.  Si las partes están de acuerdo en uno o más de los candidatos propuestos, el CIADI selecciona a una de esas personas e informa a las partes de su selección.  En el supuesto de que las partes no estén de acuerdo con ninguno de los candidatos propuestos en la lista, el CIADI selecciona a un árbitro/conciliador (que no será ninguno de los candidatos en la lista) y, previa consulta a las partes, designa al árbitro/conciliador. En virtud del procedimiento de clasificación, cada parte puede descartar un determinado número de posibles candidatos y clasificar a los candidatos restantes. Se designa al candidato con la mejor clasificación.
  • Cuando se designa a un árbitro/conciliador, el CIADI por lo general selecciona directamente al árbitro/conciliador restante, y, previa consulta a las partes, se designa al árbitro/conciliador.

Designación del CIADI como Autoridad Nominadora

El siguiente constituye un ejemplo de una cláusula que las partes pueden utilizar para designar al Secretario General del CIADI como Autoridad Nominadora "El Secretario General del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones deberá servir como Autoridad Nominadora para las diferencias que surjan de este [contrato; ley; tratado] o que estén relacionadas con este [contrato; ley; tratado].

Se invita a las Partes que pretendan encomendar este papel al CIADI a contactar al Centro si tienen alguna pregunta acerca del proceso.