Acerca de las Enmienda del CIADI

El Convenio, las Reglas y el Reglamento del CIADI fueron adoptados en 1967, y el Reglamento del Mecanismo Complementario en 1978.

Desde su adopción, ha habido cuatro rondas de enmiendas a dichas reglas, y la última de ellas entró en vigor en abril de 2006. Estas enmiendas incorporaron importantes mejoras para el sistema, por ejemplo:

  • se fortalecieron los requisitos para la declaración de los árbitros (Regla 6(2) de las Reglas de Arbitraje, Artículo 13(2) del Reglamento de Arbitraje (Mecanismo Complementario));
  • se dispuso la posibilidad de celebrar audiencias públicas(Regla 32(2) de las Reglas de Arbitraje, Artículo 39(2) del Reglamento de Arbitraje (Mecanismo Complementario));
  • se ampliaron las disposiciones en materia de transparencia para publicar los laudos tan pronto como fuera posible (Regla 48(4) de las Reglas de Arbitraje, Artículo 53(3) del Reglamento de Arbitraje (Mecanismo Complementario));
  • se otorgó la oportunidad a las partes no contendientes de realizar presentaciones (escritos amicus curiae) (Regla 37(2) de las Reglas de Arbitraje, Artículo 41(3) del Reglamento de Arbitraje (Mecanismo Complementario));
  • se introdujo la posibilidad a la demandada de obtener la desestimación temprana de un caso que de forma manifiesta carecía de todo mérito jurídico (Regla 41(6) de las Reglas de Arbitraje, Artículo 45(6) del Reglamento de Arbitraje (Mecanismo Complementario);

Estas enmiendas tuvieron consecuencias trascendentales en la práctica del arbitraje de inversión y han sido ampliamente emuladas en las reglas de otras instituciones de arbitraje, en tratados de inversión  celebrados recientemente, y en partes de la Convención de Mauricio y el Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI sobre la Transparencia en los Arbitrajes entre Inversionistas y Estados en el Marco de un Tratado.

El actual proceso

En octubre de 2016, el CIADI dio inicio al actual proceso de enmienda mediante una invitación a los Estados Miembros para que enviaran sus sugerencias sobre temas o asuntos que ameritaran consideración. En enero de 2017, el CIADI emitió una invitación similar al público en general para que formulara sugerencias relativas a las enmiendas de las reglas.

El Secretariado del CIADI publicó el 16 de agosto de 2019 un tercer documento de trabajo sobre la propuesta de enmiendas a las reglas y reglamento del CIADI (Documento de Trabajo #3). Este tercer documento se basa en las propuestas publicadas originalmente en agosto de 2018 (Documento de Trabajo #1) y en marzo de 2019 (Documento de Trabajo #2), y se realiza después de consultas extensas con los Estados Miembros del CIADI y el público en general. Los documentos de trabajo explican la justificación de los cambios propuestos, toman en cuenta las consideraciones relevantes y sugieren propuestas de redacción o nueva estructura de enmiendas.

Hay varios objetivos primordiales que inspiran esta ronda de enmiendas. En primer lugar, su intención es modernizar las reglas en base a la experiencia adquirida a través de los casos. Dada la administración de más de 650 casos por parte del CIADI, se pueden extraer varias lecciones que deberían ser incorporadas a las reglas cada cierto tiempo. En segundo lugar, las enmiendas harán que el proceso se torne cada vez más efectivo en términos de tiempo y costo, preservando el debido proceso y un equilibrio entre los inversionistas y los Estados. En tercer lugar, el CIADI espera que las enmiendas reduzcan el uso del papel e incrementen el uso de tecnología para la transmisión de documentos y en los procedimientos, en general.