El 18 de abril de 2018, la Comisión Europea presentó al Consejo Europeo el Acuerdo de Protección de las Inversiones (API) entre la UE y Singapur.

El Capítulo 3 del API contiene un régimen global para el arreglo de diferencias relativas a inversiones entre un demandante de una Parte y la otra Parte. Un demandante podrá someter una reclamación en virtud del Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas  Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados (el Convenio del CIADI), del Reglamento del Mecanismo Complementario del CIADI, del reglamento de arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional o de cualquier otro reglamento si las partes contendientes lo acuerdan.

El acuerdo establece un Tribunal de Primera Instancia y un Tribunal de Apelaciones. Una vez que el acuerdo entre en vigor, seis personas serán nombradas durante plazos de ocho años para integrar cada Tribunal—dos nombradas por la UE, dos nombradas por Singapur y dos propuestas conjuntamente.

El acuerdo también dispone que el CIADI actuará como Secretariado de los Tribunales y les brindará el apoyo adecuado. En este rol, el CIADI desempeñará tareas tales como administrar audiencias, mantener las finanzas, así como archivar y publicar documentos de conformidad con las reglas del tratado.

"Es un honor para el CIADI ser designado Secretariado de los Tribunales de Primera Instancia y Apelaciones en el marco del API entre la UE y Singapur", dijo Meg Kinnear, Secretaria General del CIADI. "El CIADI desempeña una función similar en el marco del Acuerdo Económico y Comercial Global entre la UE y Canadá, y se encuentra a disposición de los Estados para prestar dichos servicios en virtud de otros tratados comerciales y de inversión".

El API entre la UE y Singapur será vinculante al amparo del derecho internacional una vez que cada parte complete el proceso de ratificación conforme a los procedimientos legales internos.